ACTUALIZACIÓN
YA ESTÁ DISPONIBLE EL LISTADO DE SOLICITUDES BENEFICIARIAS Y EN LISTA DE ESPERA TRAS EL SORTEO
CONSULTE EL RESULTADO AQUI
El sorteo se celebrará ante notario el día 27 de Noviembre de 2020, a las 17:00 horas, en las dependencias de la Cámara de Comercio de Granada.
Teniendo en cuenta la situación actual, y con el fin de salvaguardar la transparencia del proceso, dicho sorteo se retransmitirá de forma pública. Podrás acceder a la grabación a través de la página web de la Cámara de Comercio de Granada
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La convocatoria extraordinaria del Programa Xpande Digital 2020 tiene como objetivo principal
mejorar los procesos de internacionalización de las Pymes y su capacidad para operar en entornos digitales globales, como medio para paliar las consecuencias negativas derivadas de la crisis de la COVID-19. Para ello, el programa financiará acciones que permitan la implementación de Planes de Acción de Marketing Digital Internacional, ayudando de esta forma a lograr una posición competitiva sostenible en el mercado seleccionado.
•Ser una pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf ) o autónomo.
•Estar dada de alta en el Censo IAE.
• Ser una empresa industrial, comercial y/o de servicios de cualquier sección del IAE, sin perjuicio del pleno respeto a lo dispuesto por los Reglamentos o Directivas comunitarias especiales establecidos en el marco del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea Quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del Tratado Funcionamiento de la Unión Europea. En el caso de empresas que operen en el sector primario, podrán ser beneficiarias las empresas que desarrollen producto transformado siempre y cuando estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha labor comercializadora
• No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada. En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario del Programa ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citado.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Cumplir la norma de minimis (Reglamento nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 euros en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera).
•Disponer de página Web operativa.
•Disponer de producto/servicio propio sobre el que se centrará el posicionamiento on-line internacional.
•Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas a la innovación es de 800.000,00 Euros.
La presente convocatoria extraordinaria no dispondrá de Fase I.
Fase II:Implantación del Plan de Marketing digital Internacional.
Con el fin de facilitar la apropiación y aprovechamiento de las soluciones a implantar en la Fase II de ayudas económicas, así como para valorar la sostenibilidad de la inversión, se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME durante la fase de implantación. El coste elegible asociado a la implantación de soluciones incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 4.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 1000% del coste elegible asociado a la inversión.
La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 100 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt), en concordancia con el Reglamento (UE) 200/558 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de abril de 2020 que modifica los Reglamentos (UE) nº 1301/2013 y (UE) n.1303/2013, cuya finalidad es ofrecer medidas de flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19.
Las empresas podrán presentar su solicitud al día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, que se producirá el Martes 10 de Noviembre. Por tanto,
la convocatoria se abrirá el Miércoles 11 de Noviembre y tendrá una vigencia de
5 días hábiles, finalizando a las 14:00h del día 17 de Noviembre.
Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar una solicitud, junto con la documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica, en los términos previstos en la presente convocatoria.
Como NOVEDAD, se va a implantar un sistema de selección de beneficiarios a través de sorteo. Dicho sorteo será celebrado ante Notario y publicado en la página web de la Cámara y en la Sede Electrónica con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración
Acceso a la Sede Electrónica
