Este Programa tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes de las regiones participantes, mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales como herramienta competitiva clave para lograr un crecimiento económico sostenido. A tal fin, se pone a disposición de las Pymes la posibilidad de desarrollar Planes de Implantación de Soluciones innovadoras, consistentes en el desarrollo de un plan de sensibilización y apoyo tutorizado.
¡¡ Importante!!
Nota Informativa sobre el funcionamiento del programa (Descarga)
• Dirigido a las Pymes (según la definición de Pyme recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE de el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 ó Autónomo (http:\\www.boe.es\doue\2014\187\L00001-00078.pdf).
• Exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
• No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Cumplir la norma de mínimis.
• Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas a la innovación es de 388.144,00 Euros.
Fase I: Asesoramiento a la PYME.
A título informativo, se indica a la empresa beneficiaria que el coste máximo financiable de esta fase es de 1.200 €, relativo a los servicios prestados por el tutor de innovación, así como todos aquellos gastos en que incurra para la prestación del servicio, tales como gastos de desplazamiento a la empresa para la prestación y entrega del servicio.
Fase II: Seguimiento de la implantación realizada con la ayuda económica obtenida
Con el fin de facilitar la apropiación y aprovechamiento de las soluciones innovadoras a implantar en la Fase II de ayudas económicas, así como para valorar la sostenibilidad de la inversión, se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME durante la fase de implantación. El coste elegible asociado a la implantación de soluciones innovadoras incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 7.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 70% del coste elegible asociado a la inversión. La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 70 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt) y en un 30 % por la empresa beneficiaria, quien deberá prefinanciar el 100% de la inversión.
Las empresas podrán presentar su solicitud una vez transcurridos 10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria, es decir, a partir de las 09:00 Horas del día 16 de mayo de 2019, y hasta el día 30 de Octubre de 2019 siendo las 14 horas la hora límite de presentación, o hasta agotar presupuesto.
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