ACTUALIZACIÓN
YA ESTÁ DISPONIBLE EL LISTADO DE SOLICITUDES BENEFICIARIAS Y EN LISTA DE ESPERA TRAS EL SORTEO
CONSULTE AQUÍ LOS RESULTADOS
El sorteo se celebrará ante notario el día 27 de Noviembre de 2020, a las 17:00 horas, en las dependencias de la Cámara de Comercio de Granada.
Teniendo en cuenta la situación actual, y con el fin de salvaguardar la transparencia del proceso, dicho sorteo se retransmitirá de forma pública. Podrás acceder a la grabación a través de la página web de la Cámara de Comercio de Granada
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La convocatoria extraordinaria del Programa TicCámaras2020 tiene como objetivo principal
acelerar la incorporación sistemática de las TIC a la actividad habitual de las pymes, de forma que no sólo se configuren como herramientas competitivas claves en su estrategia, sino que también les sirvan para mitigar las consecuencias socioeconómicas derivadas de la crisis de la COVID-19.
Para ello, se potenciará la adopción, por parte de éstas, de metodologías que permitan incorporar las TIC de modo sistemático a su actividad empresarial habitual.
Se trata, en definitiva, de
contribuir a la mejora de la competitividad de las PYME, microempresas y autónomos, mediante la adopción de una cultura, uso y aprovechamiento permanente de las
Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en sus estrategias empresariales, que les permitan mantener su actividad económica a pesar de las circunstancias socioeconómicas actuales.
• Ser una pyme, según la definición recogida en el anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 (http://www.boe.es/doue/2014/187/L00001-00078.pdf ) o autónomo.
• Estar dada de alta en el Censo IAE. Independientemente de los epígrafes del IAE en los que estén dadas de alta, quedan exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
•No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada. En el caso de que una empresa posea varias sedes, centros productivos, delegaciones, sucursales, etc. el centro destinatario y directamente beneficiario ha de estar ubicado en alguno de los municipios anteriormente citados.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Cumplir la norma de minimis (Reglamento nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (no haber recibido ayudas de cualquier Administración Pública que sumadas sean superiores a 200.000 € en los últimos tres años, 100.000 euros en el caso de empresas que operen en el sector transporte por carretera).
• Poseer intención de mejorar su competitividad a través de la aplicación de las TIC en los procesos que se determinen a través del diagnóstico practicado y estar dispuesta a cumplir las condiciones del Programa.
• Cumplir la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria.
El presupuesto disponible en esta convocatoria para las ayudas económicas a la innovación es de 1.106.000,00€.
La presente convocatoria extraordinaria no dispondrá de Fase I.
Fase II: Implantación de las TIC en las PYMES.
Con el fin de facilitar la apropiación y aprovechamiento de las soluciones a implantar en la Fase II de ayudas económicas, así como para valorar la sostenibilidad de la inversión, se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME durante la fase de implantación.
El coste elegible asociado a la implantación de soluciones innovadoras incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 7.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 100% del coste elegible asociado a la inversión.
La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 100 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt), en concordancia con el Reglamento (UE) 200/558 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de abril de 2020 que modifica los Reglamentos (UE) nº 1301/2013 y (UE) n.1303/2013, cuya finalidad es ofrecer medidas de flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19.
Las empresas podrán presentar su solicitud al día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, que se producirá el Martes 10 de Noviembre. Por tanto,
la convocatoria se abrirá el Miércoles 11 de Noviembre y tendrá una vigencia de
5 días hábiles, finalizando a las 14:00h del día 17 de Noviembre.
Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar una solicitud, junto con la documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica, en los términos previstos en la presente convocatoria.
Como NOVEDAD, se va a implantar un sistema de selección de beneficiarios a través de sorteo. Dicho sorteo será celebrado ante Notario y publicado en la página web de la Cámara y en la Sede Electrónica con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración.
Acceso a la Sede Electrónica