ACTUALIZACIÓN
YA ESTÁ DISPONIBLE EL LISTADO DE SOLICITUDES BENEFICIARIAS Y EN LISTA DE ESPERA TRAS EL SORTEO
CONSULTE AQUÍ EL RESULTADO
El sorteo se celebrará ante notario el día 27 de Noviembre de 2020, a las 17:00 horas, en las dependencias de la Cámara de Comercio de Granada.
Teniendo en cuenta la situación actual, y con el fin de salvaguardar la transparencia del proceso, dicho sorteo se retransmitirá de forma pública. Podrás acceder a la grabación a través de la página web de la Cámara de Comercio de Granada
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La convocatoria extraordinaria del Programa InnoCámaras 2020 tiene como objetivo principal contribuir a la mejora de la competitividad de las Pymes como herramienta para mitigar el impacto económico de la situación generada por la COVID-19 mediante la integración de la innovación en sus estrategias empresariales. A tal fin, se pone a disposición de las Pymes localizadas en las regiones participantes, la posibilidad de desarrollar Planes de Implantación de Soluciones innovadoras, consistentes en el desarrollo de un plan de sensibilización.
• Dirigido a las Pymes (según la definición de Pyme recogida en la Recomendación de la Comisión 2003/361/CE del anexo 1 del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 ó Autónomo (http:\\www.boe.es\doue\2014\187\L00001-00078.pdf).
• Exceptuadas aquellas empresas que operen en los sectores de la pesca, la acuicultura, el carbón y la producción primaria de los productos agrícolas que figuran en la lista del Anexo I del TFUE.
• No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o normativa aplicable en la materia propia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
• Tener su domicilio social y/o centro productivo en alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Granada.
• Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
• Cumplir la norma de mínimis.
• Cumplir con los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación en relación la obligación que le impone el art 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El presupuesto disponible en esta convocatoria extraordinaria para las ayudas económicas a la innovación es de 840.000,00 Euros.
La presente convocatoria extraordinaria no dispondrá de Fase I.
Fase II: Plan individual de implantación de soluciones innovadoras.
Con el fin de facilitar la apropiación y aprovechamiento de las soluciones innovadoras a implantar en la Fase II de ayudas económicas, así como para valorar la sostenibilidad de la inversión, se monitorizará la implantación y se acompañará a la PYME durante la fase de implantación. El coste elegible asociado a la implantación de soluciones innovadoras incluidas en esta Fase II asciende a la cantidad máxima de 7.000 € (IVA no incluido), siendo prefinanciados en su totalidad por la empresa destinataria, quien recuperará el 100% del coste elegible asociado a la inversión.
La financiación del importe elegible para el desarrollo de la implantación es aportada en un 100 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea en el marco del Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-1010 (POCInt), en concordancia con el Reglamento (UE)200/558 del Parlamento Europeo y del Consejo del 23 de abril de 2020 que modifica los Reglamentos (UE) nº 1301/2013 y (UE) n.1303/2013, cuya finalidad es ofrecer medidas de flexibilidad excepcional en el uso de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos en respuesta al brote de COVID-19.
Las empresas podrán presentar su solicitud al día siguiente hábil al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada, que se producirá el Martes 10 de Noviembre. Por tanto, la convocatoria se abrirá el Miércoles 11 de Noviembre y tendrá una vigencia de 5 días hábiles, finalizando a las 14:00h del día 17 de Noviembre.
Los interesados, tanto personas jurídicas como personas físicas (empresarios individuales o autónomos), sólo podrán presentar una solicitud, junto con la documentación que se acompañe a la misma, a través del formulario habilitado a tal efecto en la Sede electrónica, en los términos previstos en la presente convocatoria.
Como NOVEDAD, se va a implantar un sistema de selección de beneficiarios a través de sorteo. Dicho sorteo será celebrado ante Notario y publicado en la página web de la Cámara y en la Sede Electrónica con una antelación mínima de 5 días hábiles a su celebración.