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Bonifica tu Formación
[Actualizado el jueves, 12 de enero de 2012]
¿Quieres recibir formación subvencionada? La Cámara gestiona los trámites necesarios para la bonificación de acciones formativas.
¿En qué consiste la formación bonificada?
Todas las empresas disponen de un crédito para Formación asignado que pueden hacer efectivo mediante la aplicación de bonificaciones a la Seguridad Social una vez realizada la misma (REAL DECRETO 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo).
¿Quién puede beneficiarse?
- Todas las empresas que desarrollen formación para sus trabajadores y coticen por la contingencia de formación profesional.
- Todos los trabajadores por cuenta ajena inscritos dentro del régimen general de los trabajadores
- No se podrán beneficiar trabajadores Autónomos ni personal de las Administraciones Públicas.
¿Cuándo hay que solicitar la bonificación?
Debe comunicarlo a la Cámara como mínimo 10 días (naturales) antes del inicio de la acción formativa.
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Tarifa
| Tarifa | Descuento* |
| Presupuesto | Tarifa Bonificada 20% |
[Información de contacto | Área Formación y Empleo | 958 53 61 52 | extensión 258]
Etiquetas: formación, recursos humanos, cursos propios, formación e-learning, talleres, jornadas, formación a medida, diseño plan formativo, bonifica tu formación, outdoor training, escuela de dirección