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Acceso a Servicios de Comercio Exterior
[Actualizado el viernes, 30 de octubre de 2009]
Toda la información que necesitas de Comercio Exterior a través de Internet.
Solicitud de Documentos
Certificados de Origen y Legalizaciones
Desde el 1 de noviembre 2009, se establece nuevo horario para la tramitación de documentos de exportación (legalizaciones, expedición de Certificados de Origen)
- Tramitación “express”: los documentos entregados de las 9.00h hasta las 10.00h podrán recogerse a partir de las 11.00h del mismo día
- Tramitación normal: los documentos entregados después de las 10.00h podrán recogerse a partir de las 8.30h del día siguiente
Estas disposiciones se establecen a raíz de la nueva normativa del Código Aduanero Comunitario, que obliga a proceder a una serie de comprobaciones de cara a la emisión de los citados documentos.
Cuadernos ATA
- Tramitación 48 horas desde la recepción completa de los documentos de solicitud.
- Devolución de Cuaderno ATA y recogida de fianza: de 8.30h a 13.30h
Cuaderno ATA
¿Para que sirve un Cuaderno ATA?
- Para que cualquier tipo de mercancía, no perecedera (alimentos o bebidas), o que requiera una elaboración o reparación, pueda viajar fuera de sus fronteras.
- Para ser mostradas en ferias y exposiciones, de carácter comercial, tanto privadas como oficiales.
- Para que los representantes comerciales enseñen sus muestrarios en varios países sin necesidad de cambiar de documentación.
- Para mover mercancías y equipos para la realización de trabajos de tipo profesional: prensa, radio, cine, instalaciones técnicas, teatro, acontecimientos deportivos, etc.
¿Las ventajas de un Cuaderno ATA?
- Rapidez y facilidad en la obtención del documento
- Bajo Coste
- Posibilidad de viajar a un gran número de países con el mismo documento
- Agilización y simplificación del trámite aduanero
- La garantía es única, con independencia del número de países que se vayan a visitar.
Instrucciones y solicitud de cuarderno ATA
¿Como funciona?
Hoja adicional de solicitud de Cuaderno ATA
Certificados de Origen
A raíz de la normativa establecida en el nuevo Código Aduanero Comunitario, Reg. CE 450/2008, de 23 de abril de 2008, desde el día 1 de octubre 2009, la tramitación de Certificados de Origen Comunitarios deberá hacerse cumpliendo las siguientes pautas:
- Se presentarán los Certificados de Origen, cumplimentados en el formulario oficial de la Unión Europea (están a disposición en este Área de Comercio Exterior), preferentemente a máquina y sin tachaduras. Recordamos que algunos países rechazan los formularios hechos a mano, con los inconvenientes que pueda ocasionar.
- La persona autorizada en la empresa (ver archivo adjunto) deberá rellenar y firmar el volante de color rosa del Certificado de Origen, en el que se pide información relativa al origen de los bienes a exportar.
- A la vez, deberá aportarse, junto con el Certificado, fotocopia de la factura de exportación, y, por otra parte, en caso de origen no comunitario, comprobante del origen de los bienes descritos (DUA, FORM A, factura de compra, declaración del proveedor, o cualquier otra prueba de origen).
- Además, la información contenida en el apartado “observaciones” (casilla 5), que generalmente se refiere a crédito documentario, o licencia de exportación/importación, deberá acreditarse con fotocopia de dichos documentos.
Este nuevo procedimiento se ha establecido para dar mayor seguridad y proteger el origen de las mercancías de la U.E.
Servicio CABI
Servicio CASCE
Servicio CADOEX
Este nuevo servicio que a continuación presentamos pretende acercar al exportador la documentación y estudios sobre comercio exterior que las Cámaras elaboramos como apoyo a la internacionalización de la empresa español.
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Etiquetas: documentos y servicios